Resumen | |
[J] | Sucesión de empresas. Carga de la prueba de la transmisión de medios materiales significativos. La prueba de la transmisión de la unidad productiva es constitutiva para la estimación de la demanda. La carga de la prueba le corresponde a la parte demandante.(publicado en Actualidad Diaria 4711 el 6 de febrero de 2024) |
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La cuestión que se plantea en el presente recurso de casación para la unificación de doctrina radica en determinar si se ha producido una sucesión de empresas al amparo del art. 44 del Estatuto de los Trabajadores (ET) entre Ambupadrón SLU (en adelante Ambupadrón) y Ambuibérica SL, a los efectos de decidir la responsabilidad solidaria de la empresa entrante por las deudas salariales de la saliente, que el convenio colectivo excluye. Una vez producida la subrogación convencional, se discute si corresponde al trabajador demandante acreditar la transmisión de una unidad productiva autónoma o incumbe a la empresa demostrar la situación inversa. El Supremo estima el recurso de la empresa Ambuibérica SL. | |
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